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EDITORIAL

COMUN

ICAV 03

COMUN

ICAV

Tercera etapa Nº3 Tercer cuatrimestre 2016

[Edita] Ilustre Colegio de Abogados de Valencia. Plaza Tetuán, 16- 46003 Valencia. Tel. 963 941 880

Fax 963 103 180. Web:

www.icav.es

/ E-mail:

icav@icav.es

[Directora] Ángela Coquillat Vicente [Consejo

de Redacción] Rafael Bonmatí Llorens, Rafael Guía Llobet, Eva Mª Altaver Egea [Coordinación, redacción

y fotografía] AREA Comunicación Estratégica. Av. Peris y Valero, nº 80. Tel. 650 270 243 / 649 582 571

Web:

www.areacomunicacionestrategica.com

/ E-mail:

area@areacomunicacionestrategica.com

[Diseño]

Estimado José Alfredo [Publicidad] Cristina Castellanos [Maquetación e impresión] Hathi Estudio

Creativo y Elisa Moreno [Fotografía-Fotografía portada] Agustín Rovatti [Distribución] Grupo Meydis

[Depósito Legal] V-2023-1994. De este número se han impreso y distribuido 12.000 ejemplares.

Las opiniones vertidas en los textos publicados en ‘COMUN

ICAV

’ son exclusivamente de sus autores.

La opinión oficial del Iltre. Colegio de Abogados de Valencia la expresa la Junta como órgano de gobierno

de la institución.

Se autoriza la reproducción, indicando su procedencia.

AVISO A NAVEGANTES:

¡LA DEONTOLOGÍA!

Sabemos desde el ICAV que conocéis una de

las obligaciones que tenemos los abogados,

esto es,

el respeto a los principios éticos y

deontológicos de la profesión

establecidos

en el Estatuto General de la Abogacía Espa-

ñola, en el Código Deontológico aprobado por

el Consejo de Colegios de Abogados de Eu-

ropa (CCBE), en el Código Deontológico apro-

bado por el Consejo General de la Abogacía

Española y en nuestro Estatuto.

Dicho lo anterior, y aun cuando se pueda re-

prochar el uso del editorial de esta revista

para avisar, lo cierto es que esta Junta de Go-

bierno tiene interés en que conozcáis cuales

fueron el pasado año las infracciones más

comunes y ello, con el fin de evitar que estas

se reiteren.

· Incomparecencia a señalamiento judicial:

normalmente, la incomparecencia lo es al

juicio y/o a la declaración de investigado.

(Es importante que sepáis que cuando en

el proceso penal se nos cita por el órgano

judicial para una posible conformidad hay

que acudir, este es un señalamiento judi-

cial).

· No realización del trabajado encomen-

dado.

· Omisión de información al cliente del de-

venir de su asunto.

· Presentación de la acción una vez expira-

do el plazo.

· Actuaciones contra un cliente anterior.

· Contactar con el cliente contrario y no con

el letrado de éste.

· Falta de liquidación de las cantidades re-

cibidas.

· No solicitud de venia a compañero.

· Aportación a juicio de correspondencia

entre letrados.

· No devolución al cliente de la documen-

tación entregada y/o concerniente a su

asunto.

Es fundamental mantener la ética y deon-

tología en nuestra profesión, tanto frente

a los ciudadanos como entre nosotros, ello

junto con la independencia, valor necesario

para el ejercicio de la abogacía, nos fortale-

ce y nos dignifica. Como dice la exposición

de motivos del Código deontológico citado:

“Perviven como principios fundamentales

en el ejercicio de la profesión de Abogado la

independencia, la dignidad, la integridad, el

servicio, el secreto profesional y la libertad de

defensa”.

¡ESTAMOS AVISADOS!

Ángela Coquillat Vicente

Diputada 5

Directora de

COMUN

ICAV