COMUNICAV | Tercera etapa Nº19 primer cuatrimestre 2022

COMUNICAV 40_41 TRIBUNA JOSÉ CARLOS PRIETO USANO, ABOGADO. PROFESOR ASOCIADO DE LA UNIVERSITAT DE VALÈNCIA. Se estima que durante los últimos años el fraude al presupuesto de la Unión Europea ha sido abrumador, llegando a alcanzar los 50.000 millones de euros anuales eludiendo el IVA en operaciones transfronterizas, y más de 500 millones anuales en otras irregularidades fraudulentas, cifras sumamente elevadas teniendo en cuenta la crisis mundial que atravesamos. La idea originaria de creación de una Fiscalía Europea con competencias para perseguir y juzgar todo delito que afectara a los intereses financieros comunitarios, se plasmó ya en el Corpus Juris de 1997 y posteriormente en el “Libro verde sobre la protección penal de los intereses financieros comunitarios y la creación de un Fiscal Europeo” de 2001, pero ambas fracasaron. Es en 2007 cuando el Tratado de Lisboa en su artículo 86 estableció la posibilidad de creación de este nuevo ente, siendo en 2017 cuando se crearon las dos normas que regularon finalmente su creación: la Directiva (UE) 2017/1371 y el Reglamento (UE) 2017/1939. De esta forma, inició sus funciones la Fiscalía Europea el pasado mes de junio de 2021 con sede en Luxemburgo, y con la misión de perseguir, investigar y juzgar a los presuntos autores y cómplices de delitos que afecten de forma grave y directa a los intereses financieros de la Unión, principalmente aquellos relacionados con el fraude internacional intencionado, blanqueo de capitales, corrupción activa y pasiva, o malversación entre otros. Este organismo no tiene competencias en todo el espacio europeo, sino que por el momento únicamente vincula a los países que han aceptado participar, entre los que se encuentra España, estando abierta a nuevos Estados que deseen adherirse. Su funcionamiento se basa en una oficina única con actuación en todos los países participantes de la UE, diferenciándose un nivel central encabezado principalmente por la Fiscal General Europea Sra. Laura Kövesi, y un nivel nacional conformado por Fiscales Europeos delegados en los países participantes quienes son los encargados de las investigaciones y enjuiciamientos en sus respectivos Estados. LA PERSECUCIÓN PENAL DEL FRAUDE EN LA UE: LA NUEVA FISCALÍA EUROPEA Los Estados Miembros están obligados a informar a la Fiscalía Europea de los delitos de los que hayan tenido conocimiento y sean de su competencia, y asumida ésta por el organismo europeo comenzará a ejercer la acción penal ante la jurisdicción nacional por los Fiscales delegados, por lo que deberán abstenerse de actuar en dichos asuntos las autoridades nacionales. Sin duda, con la creación de la Fiscalía Europea, pese a la reticencia de ciertos países por temor a la pérdida de cierta soberanía en la jurisdicción penal, se ha establecido un sistema jurídico penal unificado que permite iniciar investigaciones rápidamente sin depender de complejas cooperaciones judiciales, para su posterior enjuiciamiento nacional siempre que los delitos afecten gravemente a los intereses financieros comunitarios, y todo ello con el propósito de proteger las arcas públicas en beneficio final de toda la ciudadanía europea. Este nuevo actor en el poder judicial europeo, en sus meses de andadura ya ha detectado e iniciado múltiples acciones penales, entre otras en la República Checa por presuntos proyectos científicos ficticios subvencionados por la UE, en Austria por fraude aduanero al importar mascarillas FFP2 de China, en Italia al eludir el pago de derechos fronterizos y por uso indebido de fondos europeos para promover el turismo, o en Alemania y Eslovaquia por fraude aduanero en la importación de biodiesel, con lo que demuestra sobradamente su eficacia y en definitiva, implica una renovación del firme compromiso de construcción europea.

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