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El arbitraje como vía alternativa a la resolución de conflictos, rápida, flexible y especializada

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26 mayo 2023

El arbitraje se erige como un mecanismo de resolución extrajudicial de conflictos alternativo a los juzgados, que va cobrando cada vez más protagonismo. El Ilustre Colegio de Abogados de Valencia, consciente desde hace años de la importancia de este, así como de otros mecanismos de solución alternativa de conflictos, constituyó en octubre de 2008 el Tribunal Arbitral del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia TAV, desde donde se han resuelto cientos de casos desde entonces.

Otra vía, rápida, flexible y especializada, de carácter privado e informal mediante la que las partes se comprometen a resolver su disputa ante uno o varios árbitros imparciales del proceso. Estos, quedan autorizados para resolver el asunto mediante una resolución (el laudo) definitiva y obligatoria, que tiene el mismo valor de cosa juzgada que una sentencia y que resulta título ejecutivo.

De esta manera, impulsar el arbitraje, así como otros mecanismos de solución alternativa de conflictos, ha sido siempre una constante de la abogacía en general y del ICAV en particular.

Resolución de conflictos rápida, eficaz y especializada

El arbitraje ofrece ventajas tanto cuantitativas por su rapidez y eficacia, como cualitativas por la especialización de sus árbitros, la confidencialidad de los procesos, la economía procesal y de medios, así como por los medios materiales y humanos disponibles con los que cuenta la institución del TAV. Así, los procedimientos arbitrales se resuelven en un periodo máximo de seis meses desde la contestación a la demanda.

Así mismo, para el TAV es una prioridad esencial que los profesionales que forman parte del censo de árbitros reúnan las mejores condiciones personales y técnicas que les permita prestar un excelente servicio a quienes participen en los procedimientos arbitrales administrados por la institución .

El TAV permite elegir a los árbitros con la especialización en cada una de las materias que puedan dar lugar a conflictos tales como arrendamientos, contratación civil y mercantil, sociedades, familia y sucesiones, empresa familiar, marítimo y transporte, bancario o propiedad intelectual e industrial, entre muchos otros. Esto permite al Tribunal Arbitral del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (TAV) facilitar profesionales cualificados que posibiliten el proceso de resolución de una manera rápida y eficaz.

Autonomía de la voluntad como principio soberano

Por otro lado, cabe destacar que la autonomía de la voluntad es el eje central del arbitraje, las partes son soberanas para decidir someterse al arbitraje institucional, y su reglamento, así como para determinar las reglas aplicables al proceso en cuestión. Por ello, el TAV se configura como un centro en el que puedan intervenir activamente en el diseño y desarrollo de los arbitrajes que en él se administran.

Por último, desde el TAV se desea destacar que el arbitraje es un proceso que permite a los abogados la resolución de los procesos, pero también al resto de operadores económicos, empresariales, sociales e institucionales, siempre con la imprescindible intervención de la abogacía. Esta puede ofrecer a sus clientes el arbitraje como método de resolución, con absoluta confidencialidad, pues tanto el procedimiento como el laudo son secretos, con una eficacia máxima.