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Nuevo Reglamento del Tribunal Arbitral de Valencia (TAV)

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07 marzo 2024

La última reunión del Patronato del TAV ha aprobado el nuevo Reglamento del Tribunal Arbitral del ICAV, en el que se han introducido importantes modificaciones, fundamentalmente, para dar agilidad a la tramitación de los procedimientos arbitrales que se administran mediante la institución.

En este sentido, se busca agilizar el arbitraje por medios telemáticos a través de la firma digital, la habilitación de un formulario de solicitud por la web y llevar a cabo las comunicaciones por medios electrónicos mediante correo electrónico certificado. Asimismo, pero solo de manera excepcional en el caso que no pudiera presentarse la solicitud por medios electrónicos, sino físicos, se adjuntará a la solicitud una copia completa de su escrito y de toda la documentación adjunta al mismo.

Por otro lado, se determina que cuando la cuantía del arbitraje fuera indeterminada, las pretensiones inestimables se valorarán en 18.000 euros, salvo que, las partes acuerden fijar una cuantía diferente. Además,  se modifican los tramos del coste de tasas y honorarios para el caso de terminación anticipada del procedimiento arbitral.

Por todo ello, siendo el arbitraje una vía rápida, flexible y especializada, alternativa a la vía judicial, el TAV recomienda a los profesionales la inclusión de sus cláusulas en la redacción de contratos como medida preventiva para resolver posibles disputas entre las partes, o bien para hacer cumplir las cláusulas acordadas sin recurrir a procedimientos judiciales.

Estas cláusulas modelo se encuentran disponibles en la web del TAV y facilitan la elección del arbitraje como método alternativo de resolución de conflictos, ofreciendo una vía eficiente y consensuada para resolver diferencias y garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales.