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Procedentes de otros Colegios de España

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La Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia, agradece su interés por colegiarse en el mismo, informándole de los requisitos necesarios para solicitar dicha incorporación, a partir del 1 de enero de 2024.

A.- REQUISITOS:

1.- Instancia solicitando la incorporación.

2.- Certificado del Consejo General de la Abogacía, acreditando la posibilidad de ejercer la Abogacía. (Solicitud en el teléfono 915323475).

3.- Certificación acreditativa del periodo de incorporación en el Colegio de origen, así como de la fecha de prestación de juramento/promesa a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

4.- Certificación antecedentes penales. (C/ Hernán Cortés, 24 o Sede electrónica Ministerio de Justicia  www.mjusticia.gob.es).

5.- Certificado de titularidad bancaria emitido por su entidad.

6.- Una Fotografía tamaño D.N.I.

7.- En caso de incorporación en la condición de colegiado ejerciente por cuenta propia se deberá aportar fotocopia de la declaración censal de Alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores (Modelo 036 ó 037).

8.- Justificante de inscripción a la Mutualidad de la Abogacía Española o en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. (En el caso de la incorporación al ICAV en la condición de colegiado ejerciente por cuenta propia).

La incorporación en la condición de ejerciente por cuenta ajena exigirá la aportación de una certificación de la empresa que acredite que el colegiado estará contratado en la categoría profesional de Abogado en régimen de dedicación exclusiva, y haciendo constar su número de afiliación al Régimen General de la Seguridad Socialademás será necesario la aportación de informe de vida laboral actualizado.

9º.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o NIE (Respecto de aquellos solicitantes que tramiten la incorporación en la condición colegiados ejercientes, han de realizarlo con un NIE permanente y no provisional, todo ello dado que a efectos de la colegiación como ejerciente, se requiere la existencia de un domicilio permanente en nuestro país y en consecuencia un NIE permanente).

B.-TRAMITACIÓN EXPEDIENTE DE INCORPORACION Y CUOTAS ASOCIADAS:

* Incorporación al ICAV en la condición de colegiado ejerciente, actualmente de alta en el Colegio de procedencia, e incorporado en el año 2019 o antes del año 2019 en el Colegio de procedencia: 702,23euros.

* Incorporación al ICAV en la condición de colegiado ejerciente, actualmente de alta en el Colegio de procedencia, e incorporado entre el año 2020 y el año 2022 en el Colegio de procedencia: 566,83 euros.

* Incorporación al ICAV en la condición de colegiado ejerciente, actualmente de alta en el Colegio de procedencia, e incorporado en el año 2023 en el Colegio de procedencia: 431,47 euros.

* Incorporación al ICAV en la condición de colegiado ejerciente, actualmente de alta en el Colegio de procedencia, e incorporado en el año 2024 en el Colegio de procedencia: 422,43 euros.

* Incorporación al ICAV en la condición de colegiado ejerciente no residente, actualmente de alta en el Colegio de procedencia, e incorporado en el año 2019 o antes del año 2019 en el Colegio de procedencia: 647,20 euros.

* Incorporación al ICAV en la condición de colegiado ejerciente no residente, actualmente de alta en el Colegio de procedencia, e incorporado entre el año 2020 y el año 2022 en el Colegio de procedencia: 511,80 euros.

* Incorporación al ICAV en la condición de colegiado ejerciente no residente, actualmente de alta en el Colegio de procedencia, e incorporado en el año 2023 en el Colegio de procedencia: 376,44 euros.

* Incorporación al ICAV en la condición de colegiado ejerciente no residente, actualmente de alta en el Colegio de procedencia, e incorporado en el año 2024 en el Colegio de procedencia: 367,40 euros.

* Incorporación al ICAV en la condición de colegiado no ejerciente, actualmente de alta en el Colegio de procedencia: 203,43 euros.

 

En el caso de incorporarse en la condición de ejerciente, y no se acredite haber prestado juramento a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico, se abonará adicionalmente 90,15 euros en concepto de gastos de jura/promesa. 

Toda la documentación deberá ser remitida a través de nuestro servicio habilitado en la página web: https://www.icav.es/apartados/colegiacion.